El 25 y 26 junio 2006 si realizará en Italia el referendum para la aprobación del texto de la ley constitucional que introduce "Modificaciones a la Parte II de la Constitución" .
En Italia las votaciones se desarrollan en las mesas electorales instituidas en las Comunas de residencia en los días DOMINGO 25 de junio y LUNES 26 de junio.
En el exterior, en base a la Ley 27 dicembre 2001, n.459 y al artículo 3 sexies de la Ley 27 enero 2006 n.22, los ciudadanos italianos inscriptos en las listas electorales de la Circunscripción exterior, pueden VOTAR POR CORRESP0NDENCIA hasta el 22 de JUNIO.
A cada elector el Consulado enviará por correo, antes del 7 JUNIO 2006, un SOBRE que contiene:
una hoja informativa que explica como se vota,
el certificado electoral,
la boleta electoral,
un sobre completamente blanco,
un sobre con respuesta postal paga con la dirección de Consular,
el texto de la ley del voto en el exterior.
El elector, utilizando el sobre con respuesta postal paga y siguiendo atentamente las instrucciones contenidas en la hoja informativa, deberà enviar SIN DEMORA las boletas electorales votatas, en modo tal que lleguen al Consulado antes y no después de las 16.00 hs. del día 22 de JUNIO 2006.
Queda terminantemente prohibido ejercer el voto en nombre de otras personas. Quien viole tal disposición incurre en sanciones penales, de uno a tres años de reclusión y pecuniarias.
El elector que al día 11 JUNIO 2006 no hubiera aún recibido el sobre con el material electoral, podrá dirigirse al Consulado General para verificar su posición electoral y solicitar un duplicado.
ES POSIBLE EN ALTERNATIVA ELEGIR DE VOTAR EN ITALIA EN LA PROPIA COMUNA, comunicando por escrito la propia elección (OPCIÓN) al Consulado ANTES DEL 8 MAYO 2006 y haciéndola llegar por correo, fax o mediante entrega.
La elección (opción) de votar en Italia vale solamente para el presente referendum.
La comunicación de opción puede ser escrita en papel simple y- para ser válida - debe contener nombre, apellido, fecha, lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector. Para tal comunicación se puede también utilizar el modulo disponibile en el Consolato, los Vice Consulados y Agencias Consulares dependients, los Patronatos, el COMITES o bien descargable desde el link del www.esteri.it.
Será responsabilidad de los electores verificar que la comunicación de opción enviada por correo haya sido recibida en tiempo útil por el Consulado de competencia.
Los electores que eligen de votar en Italia reciben de las respectivas Comunas italianas la tarjeta-aviso para votar -en las mesas electorales en Italia.
Si se elige volver a Italia para votar, la Ley NO prevé ningún tipo de reembolso para los gastos de viaje, sino solamente descuentos en las tarifas en el interior del territorio italiano .
La elección de votare en Italia puede ser sucesivamente REVOCADA con una comunicación escrita enviada o entrega en el Consulado con las mismas modalidades y en los mismos plazos previstos para el caso de la opción (8 MAYO 2006).
LAS OFICINAS CONSULARES SE ENCUENTRAN A DISPOSICION DE LOS CIUDADANOS PARA CUALQUIER INFORMACION.